Ya que usted lo pregunta…

En la edición de noviembre su tema fue “enterrar a los difuntos.” Me hizo acordar de una pregunta que siempre he querido hacer: ¿“Cuál es la posición de la Iglesia respecto a la cremación?”

Este mes con Monseñor Tim O´Connor.

Durante el mes de noviembre es nuestra costumbre como católicos romanos, recordar a los seres queridos que han fallecido, especialmente el 2 de Noviembre cuando celebramos la Conmemoración de Todos los Fieles Difuntos. En el Primer Prefacio del Ritual de Funerales, leemos las siguientes palabras: “Cuando el cuerpo de nuestra morada terrenal yace en la muerte ganamos una morada eterna en el cielo”. Siendo esta nuestra creencia, la Iglesia se responsabiliza especialmente por ofrecernos liturgias que se ajusten a nuestras necesidades espirituales, especialmente en el momento de la muerte de un ser querido. En tiempos recientes, se ha cuestionado la cremación y la posición de nuestra Iglesia respecto a ésta práctica. Por medio de preguntas y respuestas, consideraremos cual es la enseñanza de la Iglesia Católica Romana en referencia a éste tema.

¿Puedo ser cremado?

Si, el Canon 1203 del Código de Derecho Canónico de 1917 prohibía la cremación. El 8 de mayo de 1963, la Santa Sede divulgó la instrucción Piam et Constantem que se conoce hoy en día como la Congregación del Santo Oficio y levantó la prohibición, permitiendo la cremación. Éste permiso se incorporó a la revisión del Código de Derecho Canónico de 1983 y se encuentra en el Canon 1176. Ésta práctica también se incorporó al Orden de los Funerales Cristianos en 1997.

¿Cuándo se debe hacer la cremación?

La Iglesia claramente prefiere que el cuerpo del difunto esté presente durante la Misa de las Exequias y que la cremación se haga después, pero antes de la Celebración del Rito de Encomendación. La presencia del cuerpo humano expresa mejor el valor que la Iglesia afirma en sus ritos.

¿De qué manera cree la Iglesia que la presencia del cuerpo expresa mejor el valor que se afirma en los ritos?

En 1997, el Comité de Liturgia de los Obispos de EE.UU. divulgó el documento Reflexiones sobre el Cadáver, la Cremación y los Ritos Católicos de Exequias. En ése documento leemos la respuesta a nuestra pregunta: “Este es el cuerpo antes lavado en el Bautismo, ungido con el óleo de salvación y alimentado por el pan de vida. Este es el cuerpo cuyas manos vistieron al pobre y abrazaron al afligido. Nuestra identidad y conciencia como persona humana se expresa en el cuerpo y por medio de él. En verdad, el cuerpo es el sacramento primordial que hace presente la vida y el amor de Dios en el mundo. Por eso la veneración y el cuidado de la Iglesia por el cuerpo nace de la veneración y de la preocupación por la persona que ella encomienda ahora al cuidado de Dios.”

¿Bajo circunstancias extraordinarias, pueden los restos cremados del cuerpo estar presentes en la Liturgia de Exequias?

Si. En la Asamblea Plenaria de noviembre 12 de 1996, los Obispos Americanos aprobaron una adaptación al Orden de Exequias Cristianos para permitir que las cenizas estén presentes en la Misa de las Exequias. El 30 de julio de 1997 la Congregación del Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos por medio de decreto, confirmaron permitir esto en el ritual.

¿Deben enterrarse los restos cremados?

Si. En respeto por el cuerpo de la persona que era el lugar de morada de las almas, la Iglesia solicita que las restos mortales de nuestros seres queridos sean enterrados en una tumba en un mausoleo o en un nicho; también pueden enterrarse en una tumba en un cementerio. Cuando sea posible, se deben usar métodos apropiados para conmemorar al difunto, por medio de una placa o lápida que tenga el nombre del fallecido.

¿Qué es un columbario?

Es una estructura que tiene nichos en los que se deposita la urna con las cenizas de nuestros seres queridos como memorial perpetúo. Estas estructuras no se encuentran localizadas en los terrenos del cementerio; muchas parroquias ya las tienen o están en el proceso de construirlos.

¿Puedo esparcir las cenizas de la persona cremada?

No. En el Orden de las Exequias Cristianas II # 417 encontramos lo siguiente: “La práctica de esparcir los restos cremados en el mar, o desde el aire, o en la tierra, o de mantenerlos en la casa de un pariente o de un amigo del difunto no es la forma respetuosa con la que la Iglesia requiere que se disponga de ellos.”

¿Se puede dar sepultura a los restos de un ser querido en el mar?

Si. En el Orden de las Exequias Cristianas # 406.4 encontramos la oración apropiada para esta situación. Dar sepultura de los restos cremados de un ser querido es diferente a esparcir las cenizas. La urna u otro recipiente pesado son llevados al lugar final de sepultura que puede ser el mar. Aunque la Iglesia permite dar sepultura en el mar se debe consultar con las autoridades por si hay regulaciones ambientales El Reverendo Monseñor Tim O´Connor, V.F., es el Director Diocesano de Liturgia y Pastor de la Parroquia de St. Michael en Cary.